A partir del 1 de enero de 2026 entra en vigor la nueva ley antifraude de la AEAT “VeriFactu”.

Con esta ley, la AEAT quiere evitar que a través del software se puedan manipular facturas y, por tanto, cometer fraude.

Esta ley implica que los programas que emiten facturas (ya sean facturas completas o simplificadas) deban cumplir una serie de requisitos para adaptarse a la norma.

Todas las empresas estarán obligadas a adaptarse a VeriFactu a excepción de ciertas situaciones*:

Situación¿Régimen obligado a VeriFactu?Notas
Autónomos y pymes en estimación directa✅ SíGran mayoría de negocios pequeños y medianos
Empresas en régimen general de IVA✅ SíERP, TPV y software deben adaptarse
Autónomos en módulos (estimación objetiva)❌ NoNo tienen obligación de VeriFactu
Comerciantes en recargo de equivalencia❌ NoHabitual en tiendas minoristas
REAGP (Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca)❌ NoExcluidos
REBU (bienes usados), agencias de viajes, oro de inversión❌ NoRégimen especial, fuera de VeriFactu
Actividades exentas sin derecho a deducción (sanidad, educación reglada, etc.)❌ NoNo deben implementar VeriFactu
Empresas no obligadas a emitir factura salvo a petición del cliente❌ NoEjemplo: pequeños comercios al por menor
Grandes empresas en SII (Suministro Inmediato de Información, >6 M €)❌ NoYa informan en tiempo real a la AEAT
Entidades en regímenes forales (Navarra, País Vasco)🔄 DependeEstán en TicketBai

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